Información para Pruebas de Selección
Para quienes están en listado transitorio no necesitan inscribirse nuevamente
Según acuerdo paritario del año 2009 para este llamado la Dirección Provincial de Gestión Educativa estableció la Comunicación Nº 1/12, que dice:
“La conformación de una única nómina de aspirantes aprobados según orden de mérito estará constituida por los docentes merituados en las Pruebas de Selección realizadas a partir de dicho Acuerdo, con periódica actualización del Puntaje Anual Docente y la incorporación de los docentes por orden de mérito, aprobados en las Pruebas de Selección subsiguientes. Dicho listado caducará cuando se haya conformado el nuevo listado de aspirantes producto de las Pruebas de Selección (en el marco del artículo 75 inciso 8) realizadas con posterioridad a la nueva convocatoria y finalizadas todas las instancias de los Concursos de Títulos, Antecedentes y Oposición de cada uno de los Niveles y Modalidades”.
El listado tiene vigencia hasta el nuevo llamado de Pruebas de Selección (Transitorios) posterior al Concurso de Titulares.
Sólo deberán inscribirse aquellos que no estén en listado o que quieran mejorar su orden de merito, previa renuncia al listado que se encuentren actualmente y quedarán o no en el listado actualizado, según el resultado de la Prueba de Selección.
Si ante una mala interpretación de la norma te inscribiste y estás conforme con el listado vigente, podés retirar la documentación en S.A.D. Pasá por S.U.T.E.B.A. para retirar la nota modelo y llevá adelante esta acción en forma urgente desde mañana martes 24 hasta el jueves 26 de abril.
Comunicación N° 1/12
Ref: Conformación de nóminas de aspirantes a
coberturas de cargos jerárquicos
Ley 10579 y Decretos Reglamentarios.
Inspectores Jefes Regionales
Inspectores Jefes Distritales
Secretarios de Asuntos Docentes
Docentes
En el marco del Acuerdo Paritario celebrado el 6 de Octubre de 2009, en su parte
pertinente, que expresa:
“A los efectos de la cobertura por más de treinta (30) días de los cargos de los
ítems V a XIII del Escalafón, excepcionalmente y fundado en las numerosas coberturas
anuales del distrito, el órgano competente podrá efectuar una convocatoria para la
conformación de una nómica de aspirantes aprobados.
La conformación de una nueva y única nómina de aspirantes aprobados, según
orden de mérito que estará constituida por el listado resultante de la nueva
convocatoria y el de la última inmediata anterior, previa actualización de los
aspirantes,.
Cada nómina tendrá una vigencia de dos (2) años y/o hasta la convocatoria de
Concurso de Títulos, antecedentes y Oposición.”
Y en el marco de lo establecido en el artículo 9° del Estatuto del Docente y su
Reglamentación, en mesa de Cogestión del día 20 de marzo de 2011; y a los efectos de
asegurar el derecho a participar sin generar acciones reiteradas que desgastan el
desempeño docente, se acuerda:
“La conformación de una única nómina de aspirantes aprobados según
orden de mérito estará constituida por los docentes merituados en las Pruebas de Selección realizadas a partir de dicho Acuerdo, con periódica actualización del Puntaje Anual Docente y la incorporación de los docentes por orden de mérito, aprobados en las Pruebas de Selección subsiguientes. Dicho listado caducará cuando se haya conformado el nuevo listado de aspirantes producto de las Pruebas de Selección (en el marco del artículo 75 inciso 8) realizadas con posterioridad a la nueva convocatoria y finalizadas todas las instancias de los Concursos de Títulos, Antecedentes y Oposición de cada uno de los Niveles y Modalidades”.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTION EDUCATIVA
La Plata 22 de Marzo de 2012
SECRETARIA GREMIAL
SUTEBA ECHEVERRIA-EZEIZA
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