LICENCIA POR ENFERMEDADES CRÓNICAS

HACIENDO UN POCO DE HISTORIA...
Un logro inédito en salud laboral docente.

Existen enfermedades que requieren extenso y estricto tratam iento médico, con vigilancia sistematizada, y que por su evolución, impiden el desarrollo temporal y habitual de la tarea laboral. Son las denominadas enfermedades crónicas que cumplen con las siguientes características.

1- No tienen cura, solo se tratan los síntomas.
2- A lo largo del tiempo merman poco a poco las posisbilidades laborales de las personas afectadas.
3- Tienen tratamiento médico y/o quirúrgico aplicable en el transcurso de los años.
4- Pueden ser enfermedades sistemáticas (de todo el organismo, y sus agravamientos afectan los distintos órganos y sistemas de las personas, en diferentes momentos evolutivos.

El avance de la ciencia y la técnica ha permitido que ciertas enfermedades tengan "curas" parciales. Esto implica que, luego de ciertos tratamientos médicos, la persona enferma puede integrarse nuevamente a sus actividades normales. Estas enfermedades no generan incapacidad laboral que permitan acceder al beneficio de la jubilación por invalidez. El trabajador, una vez que pase el período de agravamiento, puede integrarse a sus tares habituales.

Por lo tanto, a los trabajadores con estas patologías, se les adeudaba un tratamiento especial dentro de los marcos normativos laborales. Era una situación realmente injusta, donde cualquier persona perdía su trabajo y por lo tanto su obra social, ya que caducaba su posibilidad de licencias con cobertura normativa laboral, su salario, su cobertura médica.
Pero además, también era injusto que aquellas personas con ciertas afecciones, sean condenadas a ser eliminadas del sistema laboral por la no adecuacion del marco normativo,muchas veces obsoleto,sin actualizacion tecnica-cientifica.

SUTEBA,en un marco de convenciones colectivas,logro que esta situacion sea considerada como un tema especifico en el debate paritario.
Asi se logro el reconocimiento de una licencia especial para los trabajadores de la educacion de la provincia de buenos aires: el reconocimiento por parte del empleador del sistema educativo,de un grupo de enfermedades cronicas con caracteristicas especificas que ameritan un tratamiento especial para salvaguardar la fuente de trabajo de quienes las padecen.

Este tema es un hito muy importante en la defensa de la salud de los trabajadores de la educacion, ya que pone en evidencia que la voluntad politica de un gremio se refleja directamente en beneficios a sus afiliados.
Es un hito inèdito,no existen clausulas normativas que garanticen la posibilidad de estas situaciones en nuestro país. Por esto, consideramos que este logro no solon es importante para los trabajadores de la educación bonaerense, sino además para los docentes del país, pues generarará jurisprudencia para que este avance sea un logro y un punto de partida para todos los trabajadores.


MARCO NORMATIVO


Un docente que desarrolla una enfermedad de este tipo en el transcurso de su vida laborativa, va a necesitar mayor extensi´`on de los días previstos de licencia.
Se debe incorporar como ítem separada, es decir por fuera de las licencias habituales. A partir de esa normativa, los docentes que padezcan enfermedades crónicas no tendrán necesidad de agotar su licencia extraordinaria y, consecuentemente, podrán hacer uso de este derecho sin dejar de percibir sus haberes. Esta nueva normativa rige para los docentes titulares y para el personal provisional. Los docentes suplentes gozaran del mismo derecho, siempre y cuando el termino del otorgamiento no exceda los términos de la designación y acrediten haber sido designados con anterioridad al diagnóstico de su patología.


LISTADO DE PATOLOGÍAS CRÓNICAS
Art. 114 a.2.8


-Colitis Ulcerosa
-Enfermedades Celíaca.
-Enfermedad de Crohn
-Enfermedades metabólicas con afección sistémica con insuficiencia de órganos y sentidos
-Síndrome de Inmunosupresión adquirido.
-Pancreatitis Crónica
-Hepatitis B, C y Hepatitis No clasificadas que evolucionan a la cronicidad con insuficiencia hepática.
-Insuficiencia Hepática
-Insuficiencia Hepática Crónica.
-Insuficiencia Renal Crónica
-EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica)-Asma severo Recurrente (que no obedece a tratamiento preventivo)-Neumoconiosis-Insuficiencia Respiratoria Crónica
-Anemia Crónicas: Hemolíticas, Aplastica, Genéticas
-Agranulocitosis Crónica
-Deficiencias de Factors de Coagulación (Vll y lX)
-Aplasias Medulares Crónicas
-Discracias sanguíneas severas
-Sarcoidosis
-Enfermedades degenerativas del SNC (sistema nervioso central). Demencia o Déficit de esfera crón ica irreversible
-Enfermedades Desmialinizantes: Esclerosis múltiples
-Trastorno Extrapiramidales y del movimiento: Parkinson.
-Demencias Orgánicas
-Lupus Eritrometoso Sistémico.
-Artritis Reumatoidea
-Oncología (Tumores malignos en tratamiento Quimio-Radio-Hormonoterapia u otra terapia alternativa con el debido resplado científico, de cualquier sector de la economía)
-Insuficiencia Cardíaca Crónica
-Dependientes de Oxigenoterapia intermitente
-Dependientes de traqueotomías, Gastrostomias, Colostomias u otras ostomias de forma intermitente o permanente.
-Organotrasplantados.

Compañeros/as este es el resultado de una larga lucha por los derechos de los trabajadores de la educación.
Ante cualquier duda te esperamos en la seccional.

Secretaria gremial........................................Secretaria de Salud
SILVIA CEPEDA..............................................GRACIELA ARCE

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